Nuestra firma interviene en el ámbito del litigio mercantil y civil.
Nuestra firma interviene en el ámbito del litigio mercantil y civil.
La gran mayoría de la legislación nacional en el sector comercial se deriva o se inspira en la legislación de la Unión Europea.
Gracias a nuestra experiencia en el campo del derecho regulatorio de la Unión Europea, estamos llamados a asesorar y emprender acciones judiciales en todos los ámbitos relacionados con la interpretación de la legislación europea relativa al Mercado Interior. En este contexto, se nos puede solicitar que formulemos preguntas preliminares al Tribunal de Justicia de la Unión Europea con vistas a la interpretación de una directiva o reglamento europeo, o incluso a impugnar la validez de un acto legislativo o reglamentario europeo.
También intervenimos en asuntos relacionados con la aplicación de las leyes nacionales, como las leyes sobre contratos de distribución.
Nuestra firma interviene en el ámbito del cobro de deudas, tanto en Bélgica como en Francia y en el extranjero, ya sea directamente o ayudando a sus clientes a utilizar el procedimiento europeo de liquidación de pequeñas reclamaciones previsto por el Reglamento 861/2007, o incluso a través de sus corresponsales extranjeros.
Nuestra firma interviene en litigios civiles relacionados con la ley de responsabilidad por productos, así como en el campo de la ley de responsabilidad médica.
En este último caso, también recopilamos y presentamos sus expedientes en nombre de nuestros clientes a la Caja de Accidentes Médicos en Bélgica oa las Comisiones Regionales de Conciliación y Compensación (CRCI) o la Oficina Nacional de Compensación Accidentes Médicos (ONIAM) en Francia.
Hay cuatro categorías principales de acciones que pueden dar lugar a litigios europeos. Nuestra firma puede reclamar experiencia profesional en cada una de estas cuatro categorías.
Cuando una empresa o un particular considera que las autoridades de un estado miembro no aplican las normas vigentes de la legislación europea, puede presentar una denuncia ante la Comisión Europea. Esta denuncia consiste en un expediente presentado a la Comisión en el que el denunciante detalla las razones por las que, en su opinión, desde un punto de vista jurídico, las autoridades del Estado en cuestión no están cumpliendo con la legislación europea. Si considera que la denuncia está fundada, la Comisión Europea solicita al Estado miembro que cambie su legislación o práctica administrativa para cumplir con la legislación europea. De no ser así, la Comisión Europea puede llevar el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para que el Estado en cuestión no cumpla con sus obligaciones y posiblemente ordenar al Estado miembro el pago de una multa.
Nuestra firma prepara el expediente de denuncia en nombre del cliente para presentarlo a la Comisión Europea.
‘Unión Europea. También puede, en determinadas condiciones, interponer un recurso de anulación contra un acto legislativo de alcance general.
Dado que las acciones directas de anulación a menudo dan lugar a sentencias que declaren la acción inadmisible, nuestro bufete asesora a sus clientes sobre la conveniencia de interponer una acción directa de anulación antes de iniciar dicha acción ante el Tribunal General.
En el contexto de los archivos de litigio que llevamos a cabo en nombre de nuestros clientes ante los tribunales belgas o franceses, se nos puede solicitar que formulemos preguntas preliminares al Tribunal de Justicia de la Unión Europea con miras a la interpretación de una directiva o reglamento europeo, o incluso sobre la validez de un acto legislativo o reglamentario europeo.
Nuestro despacho defiende los intereses de los funcionarios y representantes electos europeos (parlamentarios, funcionarios de pleno derecho pero también agentes temporales y contractuales, etc.) frente a las instituciones para las que trabajan.
El artículo 90 del Reglamento de Servicio que nos obliga a presentar una denuncia interna previa, asesoramos a nuestros clientes en el contexto de esta denuncia antes de considerar un recurso ante el Tribunal de la Función Pública.